El mismo Poder Ejecutivo procederá a dictar las disposiciones conducentes y a dar las ordenes del caso para que se hagan las liquidaciones que se desprendan de la improbación de tales contratos o para que se inicien las acciones civiles a que haya lugar, teniendo en cuenta para ello el cumplimiento que las partes hayan dado a los pronombrados contratos.
Ley 70 de 1909 →Vigente
Artículo 3
Ley 70 de 1909 · por la cual se imprueban algunos contratos sobre conducción de correos y se da una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.