Micelio

Artículo 2

º

Decreto 1536 de 1999 · por medio del cual se someten a visto bueno previo las importaciones de algunos productos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La importación de los productos a que se refiere el artículo anterior, será registrada por el Incomex, previo visto bueno otorgado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1536 de 1999