Las instituciones públicas de educación básica, media y técnica y Las Instituciones de Educación Superior en Colombia: universidades, instituciones universitarias, escuelas tecnológicas; instituciones tecnológicas e instituciones técnicas profesionales, así como en el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) y las instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano (IETDH) podrán adoptar criterios de priorización y focalización de las solicitudes de ingreso de mujeres buscadoras en el marco de su autonomía para otorgar beneficios en las matrículas, subsidios para la educación superior y créditos estudiantiles a las mismas y a sus parientes en primer y segundo grado de consanguinidad.
De igual forma, deberán establecer medidas especiales para la admisión y permanencia de este grupo poblacional y sus parientes en primer y segundo grado de consanguinidad, incluyendo beneficios en las matrículas, subsidios para la educación superior y créditos estudiantiles.
Las medidas de acceso a educación se otorgarán de conformidad con la normatividad vigente que regula la materia.