Micelio

Artículo 2

Ley 18 de 1894 · por la cual se restablece la Provincia del Carmen en el Departamento de Bolívar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Distritos mencionado en el presente artículo tendrán los mismos caseríos que les pertenecían según la última división territorial del extinguido Estado Bolívar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1894