Micelio

Artículo 2

Decreto 3708 de 1954 · Por el cual se conceden unos auxilios y se hacen unas traslaciones en el presupuesto de gastos vigente (Ministerios de Relaciones Exteriores y de Educación Nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Auxíliase por una sola vez con la cantidad de veiticinco mil pesos ($ 25.000.00) moneda corriente, a la Parroquia y Casa Cural del Municipio Urdaneta Arbeláez, antiguo Corregimiento del Uruaco, en el Departamento del Atlántico, suma que se entregará al Párroco o al Mayordomo de Fábrica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3708 de 1954