Artículo primero. El artículo 1.° Decreto 2067 de septiembre 21 de 1978, en lo que se refiere al Capítulo 26 del Arancel de Aduanas, quedará de la siguiente manera: "Capítulo 26: Minerales metalúrgicos escorias y cenizas 5 por ciento; Las posiciones 26.01.02.00, 26.01.03.00, 26.01.14.01, 26.01.14.05 y 26.01.14.11; uno por mil: para el resto de las posiciones".
Decreto 2115 de 1978 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2067 De Septiembre 21 De 1978, En Lo Que Se Refiere Al Capítulo 26 Del Arancel De Aduanas, Quedará De La Siguiente Manera: "capítulo 26: Minerales Metalúrgicos Escorias Y Cenizas 5 Por Ciento; Las Posiciones 26
Decreto 2115 de 1978 · Por el cual se modifica parcialmente el artículo 1º del Decreto 2067 de 1978, sobre porcentajes del CAT
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.