Responsabilidades. Los miembros de la Policía Cívica tendrán las siguientes responsabilidades
Participar en las actividades propias de la Policía Cívica.
Cumplir y hacer cumplir lo ordenado en el presente Decreto.
Hacer uso correcto de los bienes y servicios de la Policía Cívica.
Utilizar el radio exclusivamente para las comunicaciones de apoyo al servicio o la función policial. En ningún caso para la transmisión o recepción de informaciones de tipo comercial, político o religioso. En todo momento deben observarse las normas expedidas por el Ministerio de Comunicaciones sobre la materia.