Micelio

Artículo 1

º

Decreto 953 de 2003 · por el cual se reglamentan los artículos 428 y 476 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Importación ordinaria de maquinaria industrial que no se produzca en el país, destinada a la transformación de materias primas, por parte de los Usuarios Altamente Exportadores. Podrán importar, bajo la modalidad de importación ordinaria, maquinaria industrial no producida en el país destinada a la transformación de materias primas con el beneficio de que trata el literal g) del artículo 428 del Estatuto Tributario

1.

Los Usuarios Altamente Exportadores.

2.

Los exportadores que cumplan con los requisitos previstos en el literal b) del artículo 36 del Decreto 2685 de 1999 y en el numeral 2 del artículo 2º del presente decreto.

3.

Las nuevas empresas que se constituyan a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Ley 788 de 2002, que cumplan con los requisitos establecidos en la ley y en el presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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