Micelio

Artículo 33

Decreto 2171 de 1992 · Por el cual se reestructura el Ministerio de Obras Publicas y Transporte como Ministerio de Transporte y se suprimen, fusionan y reestructuran entidades de la rama ejecutiva del orden nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 33 . DIVISION DE PROGRAMACION FLUVIAL.- La División de Programación Fluvial ejercerá las siguientes funciones

1.

Preparar las solicitudes de crédito y contracrédito al presupuesto de inversión del modo fluvial y someterlas a consideración del Subdirector.

2.

Presentar conceptos al Subdirector sobre los planes y programas de desarrollo del Modo Fluvial Regional.

3.

Elaborar, reunir y analizar las estadísticas básicas sobre transporte fluvial que se requieran para la conformación de los planes y programas del Ministerio en materia fluvial.

4.

Elaborar y mantener actualizado el inventario de las vías fluviales, así como los programas de señalización de las vías fluviales navegables.

5.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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