Micelio

Artículo 1

Ley 6 de 1920 · Por la cual se reforma la 64 de 1919

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declarase día de fiesta nacional el día 6 de mayo de 1921, centenario de la instalación de Congreso General de los pueblos de la Nueva Granada y Venezuela en la Villa del Rosario Cúcuta, corporación aquella que echo las bases de la unión de los expresados pueblos bajo la denominación de Republica de Colombia, y sobre el concepto de la defensa común y de los altos intereses de la libertad americana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1920