Micelio

Artículo 3

Autorízase Al Instituto De Fomento Industrial, Ifi, Para Que Emita Un Título De Deuda Pública Interna Denominado "pagaré Pasivos Bonos De Valor Constante, Ifi", Hasta Por El Valor De La Deuda Del Ifi Con El Iss Por Concepto Del Manejo De Los Recursos De Los Bonos De Valor Constante, B

Decreto 1225 de 1993 · por el cual se autoriza a la Nación y al Instituto de Fomento Industrial, IFI, para que emitan los títulos de deuda pública interna de que tratan los artículos 6° y 8° de la Ley 48 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase al Instituto de Fomento Industrial, IFI, para que emita un título de deuda pública interna denominado "Pagaré Pasivos Bonos de Valor Constante, IFI", hasta por el valor de la deuda del IFI con el ISS por concepto del manejo de los recursos de los Bonos de Valor Constante, B.V.C., según cruce de cuentas que se hará con base en los montos del último día del mes en que entre en vigencia este Decreto. El título de deuda pública Interna autorizado en este artículo estará destinado a sustituir y reconocer el valor de los Bonos de Valor Constante para Seguridad Social representativos de los recursos transferidos por el Banco de la República, en su calidad de administrador fiduciario, al Instituto de Fomento Industrial, IFI.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1225 de 1993