Micelio

Artículo 4

Ley 13 de 1973 · Por el cual se crea la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Corporación tendrá las siguientes funciones:

a)

Promover, financiar y realizar planes de electrificación, de acuerdo con los estudios y recomendaciones existentes y prospectar su combinación con el sistema eléctrico de la Costa Atlántica y el sistema interconectado central del país.

b)

Promover, financiar y realizar la construcción de obras de defensa contra las inundaciones y regular el caudal de las corrientes hidráulicas.

c)

Asumir la administración, conservación, fomento, control y vigilancia de los recursos forestales e ictiológicos, para lo cual tendrá a su cargo la reglamentación del aprovechamiento de dichos recursos y el otorgamiento de concesiones, licencias y permisos. La Corporación adoptará las normas y política general que sobre tales materias haya establecido el Instituto de Desarrollo de los Recursos Naturales Renovables. Los funcionarios que con el carácter de inspectores de Bosques y de Pesca designa la Corporación, tendrán las funciones propias de funcionarios de policía.

d)

Asumir la administración de las aguas de uso público para fines agropecuarios y mineros.

e)

Promover la creación de parques naturales y asumir su administración, llegado el caso.

f)

Asumir, en coordinación con el Ministerio de Gobierno y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, la defensa de las parcialidades indígenas y promover la constitución de resguardos de tierras en beneficio de los grupos o tribus indígenas que no los posean.

g)

Promover o prospectar el plan vial regional que será sometido a las autoridades nacionales y departamentales competentes y asumir la construcción de vías por delegación nacional o departamental, llegado el caso.

h)

Promover la capacitación técnica del campesino en labores agrícolas, pecuarias y mineras, y fomentar la organización cooperativa, para lo cual celebrará convenios con el Servicio Nacional de Aprendizaje y la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

i)

Realizar estudios del subsuelo con miras al aprovechamiento de los recursos naturales y al fomento de la industria minera.

j)

Adelantar directamente por medio de contratos los estudios complementarios para el desarrollo integral de las zonas en las cuales opera.

k)

Coordinar y promover el mejoramiento de la vivienda rural, para lo cual celebrará convenios con el Instituto de Crédito Territorial y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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