Autorizase al Gobierno para que contrate dentro del país o fuera de él, con personas naturales o jurídicas, de derecho privado, un empréstito o empréstitos hasta por cien millones de dólares o veinte millones de libras esterlinas oro, destinados a la construcción y desarrollo de las vías férreas, al mejoramiento de los puertos y a las principales vías fluviales de la Nación.
Ley 102 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Ley 102 de 1922 · por la cual se confieren varias autorizaciones al Poder Ejecutivo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.