Micelio

Artículo 8

Identificación Y Priorización De Cadenas

Ley 2052 de 2020 · por medio de la cual se establecen disposiciones transversales a la rama ejecutiva del nivel nacional y territorial y a los particulares que cumplan funciones públicas y/ 0 administrativas en relación con la racionalización de trámites y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE TRÁMITES. Cada entidad nacional y/o territorial deberá identificar las cadenas de trámites en las cuales participa, así como priorizar la simplificación de los trámites asociados a dichas cadenas y la interoperabilidad con las demás entidades participantes.

Conforme a lo anterior, las entidades nacionales y territoriales deberán automatizar cada cadena de trámites y permitir que la gestión de los trámites asociados se haga en línea, garantizando la integración con el Portal Único del Estado Colombiano y haciendo uso de los Servicios Ciudadanos Digitales.

'PARÁGRAFO. Los sujetos obligados en los términos de la presente ley, deberán coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores y con la Dirección de Asuntos Consulares y Servicio al Ciudadano, la extensión e interoperabilidad de los trámites para su fácil acceso a colombianos en el exterior en línea o desde las misiones diplomáticas en el exterior; en especial los correspondiente a los referentes con Convenios Internacionales y el reconocimiento de documentos de origen extranjero como de la identificación biométrica.

CAPÍTU LO III

De los Servicios Ciudadanos Digitales

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2052 de 2020