Artículo único. Modifícase el artículo 2° del Decreto 3272 de diciembre 27 de 1963, en el sentido de que la Sección de Aseo y Vigilancia de la División de Servicios Generales de la Rama Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se denominará Sección de Vigilancia y Servicios Especiales.
Decreto 1453 de 1965 →Vigente
Artículo 2
Del Decreto 3272 De Diciembre 27 De 1963, En El Sentido De Que La Sección De Aseo Y Vigilancia De La División De Servicios Generales De La Rama Administrativa Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Se Denominará Sección De Vigilancia Y Servicios Especiales
Decreto 1453 de 1965 · Por el cual se modifica el Decreto 3272 de diciembre 27 de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.