Micelio

Artículo 2

Son Funciones Y Obligaciones De Dicho Interventor, Las Siguientes: A) Velar Por Los Intereses Del Gobierno Y Hacer Que El Contratista Dé Estricto Cumplimiento A Las Obligaciones Contraídas En El Respectivo Contrato; B) Estudiar Las Modificaciones Que Vaya Sugiriendo El Contratista Y Someterlas, Junto Con Su Concepto, Al Estudio Y Decisión De La Dirección General De Aeronáutica Civil

Decreto 2828 de 1950 · por el cual se nombra Interventor de los trabajos del aerodromo de Popayán.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2° Son funciones y obligaciones de dicho Interventor, las siguientes

a)

Velar por los intereses del Gobierno y hacer que el Contratista dé estricto cumplimiento a las obligaciones contraídas en el respectivo contrato;

b)

Estudiar las modificaciones que vaya sugiriendo el Contratista y someterlas, junto con su concepto, al estudio y decisión de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

c)

Inspeccionar los materiales locales y rechazar los que en su concepto no ofrezcan garantías;

d)

Informar por escrito semanalmente a la Dirección General de Aeronáutica Civil sobre la marcha y adelanto de las obras, así como sobre las anomalías que puedan presentarse y que en concepto de él perjudiquen el desarrollo de los trabajos;

e)

Inspeccionar constantemente los trabajos que se vayan realizando, examinar y confrontar con el contrato la obra ya ejecutada, verificar las liquidaciones de las cuentas que se le presenten por el Contratista y ponerles el "Es corriente" cuando las encuentre ajustadas a la realidad de los hechos, y las estipulaciones contractuales y a las normas técnicas de la obra. Para este efecto el Interventor está obligado a fijar su residencia en la ciudad de Popayán. sin que le sea permitido retirarse, salvo autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil;

f)

Prestar sus servicios técnicos en la obra, en calidad de colaborador, si asi lo solicitare el Departamento del Cauca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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