Cálculo Actuarial. La Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC) elaborará y llevará a término las acciones que conduzcan a la aprobación por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de los cálculos actuariales por los derechos pensionales que eventualmente no haya incluido en la actualización del cálculo actuarial a 31 de diciembre de 2014. Sin su aprobación ninguno de los fondos podrá realizar el respectivo pago. (Decreto 1891 de 2015, artículo 5°)
Decreto 1833 de 2016 →Vigente
Artículo 2.2.10.5.14
Cálculo Actuarial
Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.