Micelio

Artículo 11

Ley 9 de 1969 · por la cual se determinan las obras que el Gobierno Nacional auxiliará en el Departamento de Nariño, se modifican unas Leyes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Gobierno Nacional procederá o apropiará la suma no inferior a $ 3.000.000.00 para la construcción de un matadero público con frigorífico en la ciudad de Tumaco, para conservación de toda clase de carnes y la suma de $ 600.000.00 seiscientos mil pesos para el mismo objeto en la ciudad de Barbacoas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1969