El Cetro Experimental Piloto de San Andrés y Providencia queda autorizado para celebrar los convenios que sean necesarios con una de las escuelas normales nacionales del Ministerio de Educación Nacional, a fin de que por ella expida el título correspondiente, para lo cual deberán cumplirse necesariamente las intensidades horarias teóricas a que hace referencia el Decreto 2762 de 1980, artículo 8º nivel A, más el porcentaje de práctica docente que se establezca en el convenio.
Decreto 2145 de 1982 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2145 de 1982 · Por el cual se adopta el "Plan Específico de Profesionalización para Bachilleres Académicos en la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia" y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.