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Artículo 32

Subdirección De Información

Decreto 846 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del instituto Geografico Agustín Codazzi

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Información . Son funciones de la Subdirección de Gestión de Información, las siguientes

1.

Desarrollar estrategias que conlleven a la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio de los datos, con el fin de lograr un flujo eficiente de los datos para su uso por parte de las diferentes dependencias del Instituto.

2.

Elaborar e implementar metodologías, estándares y protocolos de desarrollo de planes, proyectos y programas de gestión de información.

3.

Establecer mecanismos para la recolección de la información y datos geográficos, cartográficos, agrológicos y catastrales y gestionar las herramientas necesarias para la obtención y validación de la misma.

4.

Establecer mecanismos de consolidación, interoperabilidad, accesibilidad y descubrimiento de la información catastral, cartográfica, geodésica, agrológica y geográfica.

5.

Habilitar mecanismos de interoperabilidad de la información y disponibilidad de datos que faciliten la participación, transparencia y colaboración en el Estado y con actores no estatales, cuando corresponda.

6.

Reportar a la Superintendencia de Notariado y Registro la gestión realizada por los gestores catastrales habilitados respecto a la actualización catastral, en cumplimiento de la normatividad vigente.

7.

Estandarizar en el Instituto, el cumplimiento de estándares adoptados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para la producción, actualización, mantenimiento y difusión de información y datos geográficos, cartográficos, agrológicos y catastrales.

8.

Establecer e implementar, en coordinación con las dependencias competentes, lineamientos para el diseño, administración y publicación de los servicios de información geográfica del Instituto.

9.

Implementar las políticas, estándares y lineamientos para la administración, producción, integración y disposición de información geoespacial en el marco de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales.

10.

Asesorar y coordinar la adopción de normas, estándares y lineamientos en la gestión, integración e interoperabilidad de los sistemas nacionales de información asociados a los datos geoespaciales fundamentales en el marco de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales.

11.

Establecer estrategias que coadyuven a la calidad, oportunidad, seguridad e intercambio de datos, con el fin de garantizar la transferencia de la información entre las diferentes dependencias del Instituto, sus Direcciones Territoriales y los entes externos.

12.

Diseñar e implementar servicios de datos, procesamiento, validación y consulta de la información catastral, cartográfica, geodésica, agrológica y geográfica.

13.

Implementar controles de acceso, modificación, consulta de la información de acuerdo con los criterios de seguridad de la información.

14.

Mantener actualizado el catálogo de servicios de información, de arquitectura y disposición de información del Instituto.

15.

Realizar actividades de evaluación y mejoramiento de los servicios de tecnología e información con criterios de calidad y oportunidad.

16.

Participar en el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

17.

Las demás que re sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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