Micelio

Artículo 7

º Son Funciones De La Subdirección Operativa: A) Planear, Dirigir, Supervisar Y Evaluar Las Actividades Técnicas Y Operativas En Las Áreas De Valoración Aduanero, Clasificación Arancelaria, Laboratorio Químico Y Regímenes Aduaneros; B) Establecer Y Mantener Actualizado Un Sistema De Apoyo Técnico A Los Funcionarios De La Dirección General De Aduanas Para El Desempeño De Las Funciones De Clasificación, Valoración Y Análisis De Mercancías; C) Resolver, En Lo De Su Competencia, Lo Relacionado Con La Aplicación De Regímenes Aduaneros Que Requieran De Autorización Previa De La Dirección General De Aduanas; D) Conforme A Las Disposiciones Que Asignen Competencia, Resolver Lo Concerniente A Inscripciones, Autorizaciones, Licencias O Permisos Para Adelantar Actividades Que Se Encuentren Bajo Control O Vigilancia De La Dirección General De Aduanas Y Los Recursos Contra Actos Administrativos De La Dirección General De Aduanas; E) Presentar A Consideración Del Director General Proyectos De Reglamentación De Procedimientos Para La Aplicación De Los Regímenes Aduaneros; F) Prestar Asistencia Técnica En La Determinación Del Precio De Mercancías Aprehendidas, Declaradas De Contrabando, Decomisadas Judicial O Administrativamente O Declaradas En Abandono A Favor De La Nación, Que Se Encuentren Depositadas En El Fondo Rotatorio De Aduanas; G) Elaborar El Plan De Actividades De La Subdirección Para La Aprobación Del Director General

Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones de la Subdirección Operativa

a)

Planear, dirigir, supervisar y evaluar las actividades técnicas y operativas en las áreas de valoración aduanero, clasificación arancelaria, laboratorio químico y regímenes aduaneros;

b)

Establecer y mantener actualizado un sistema de apoyo técnico a los funcionarios de la Dirección General de Aduanas para el desempeño de las funciones de clasificación, valoración y análisis de mercancías;

c)

Resolver, en lo de su competencia, lo relacionado con la aplicación de regímenes aduaneros que requieran de autorización previa de la Dirección General de Aduanas;

d)

Conforme a las disposiciones que asignen competencia, resolver lo concerniente a inscripciones, autorizaciones, licencias o permisos para adelantar actividades que se encuentren bajo control o vigilancia de la Dirección general de Aduanas y los recursos contra actos administrativos de la Dirección General de Aduanas;

e)

Presentar a consideración del Director General proyectos de reglamentación de procedimientos para la aplicación de los regímenes aduaneros;

f)

Prestar asistencia técnica en la determinación del precio de mercancías aprehendidas, declaradas de contrabando, decomisadas judicial o administrativamente o declaradas en abandono a favor de la Nación, que se encuentren depositadas en el Fondo Rotatorio de Aduanas;

g)

Elaborar el Plan de Actividades de la Subdirección para la aprobación del Director General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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