Con el objeto de que se vigile la ejecución de las obras públicas y se preparen los proyectos de ley necesarios para corregir los defectos y fallas que se encuentren en el sistema de ejecución de las mismas, créase la Comisión Interparlamentaria Permanente de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales, integrada por cinco Senadores y cinco Representantes, que serán elegidos cada año por el Senado y la Cámara, del seno de las respectivas Comisiones Constitucionales Permanentes.
La Comisión Interparlamentaria de Vigilancia de las Obras Públicas sesionará tanto durante el período de las sesiones como durante el receso a lo menos una vez por semana, y tendrá las siguientes funciones:
Cerciorarse de que en todas las obras públicas que se adelanten en el país, ya sea por conducto del Ministerio de Obras Públicas o por otros Despachos del Gobierno Nacional, existen estudios, planes y presupuestos completos.
El Gobierno Nacional no podrá emprender la construcción de ninguna nueva obra pública con respecto a la cual no cuente con dichos estudios, planes y presupuestos definitivos.
Examinar el resultado y el costo de los trabajos cumplidos cada mes en las obras públicas nacionales, comparando el avance logrado y los desembolsos hechos con los presupuestos establecidos para cada etapa.
La Comisión y el Gobierno acordarán la manera como deberán rendirse los informes correspondientes sobre cada una de las obras, y para tal efecto la Comisión podrá solicitar la cooperación de los funcionarios técnicos de la administración y la de las Sociedad Colombiana de Ingenieros.
Examinar las causas por las cuales se registren costos más altos de los presupuestos, e indicar las medidas que considere indispensables para mayor economía y eficiencia de las obras.
Cerciorarse de que los presupuestos se han establecido sobre bases reales y ajustadas a una sana administración.
Redactar los proyectos de ley que considere necesarios para corregir las deficiencias que haya encontrado en la organización de las obras públicas, y presentarlos al Congreso.