Micelio

Artículo 8

Funciones Del Consejo Directivo

Decreto 252 de 2004 · por el cual se reestructura el Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero - Ambiental y Nuclear, Ingeominas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Consejo Directivo . Son funciones del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, además de las establecidas en la Ley y en sus estatutos, las siguientes

1.

Formular la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto, deban proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.

2.

Formular la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.

3.

Conocer de las evaluaciones de ejecución presentadas por la administración de la entidad y determinar los cambios estratégicos a que haya lugar en el direccionamiento y gestión de la misma.

4.

Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura y planta de personal del Instituto, que considere pertinentes.

5.

Adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca, de conformidad con las normas legales vigentes.

6.

Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto.

7.

Las demás que les señalen la ley y los estatutos internos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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