Micelio

Artículo 2.4.7.7

Indicadores De Las Operaciones

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Indicadores de las Operaciones. La Dirección General Marítima (Dimar) en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia, establecerán los indicadores que permitan a partir de una línea base, medir el comportamiento del proceso de visita de libre plática, en cada uno de los terminales del país, con el propósito de tomar las medidas que conlleven a la facilitación del comercio, sin detrimento del control que cada una de las entidades deba realizar en cumplimiento de su objeto. Para tales efectos, la Dirección General Marítima (Dimar) adelantará los desarrollos informáticos en el sistema Sitmar que permitan contar con la información en línea.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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