Micelio

Artículo 1

Las Personas Y Entidades A Que Se Refiere El Artículo 3° De La Ley 81 De 1960 Estarán Obligadas, Además, A Suscribir Bonos De Deuda Pública Interna En Una Cuantía Equivalente Al Cinco Por Ciento (5%) Del Total Del Impuesto De Renta Y Complementarios Que Le Corresponda Pagar Al Contribuyente Por El Año Gravable De 1964, De Conformidad Con Las Disposiciones Que Al Efecto Se Expidan

Decreto 2424 de 1965 · Por el cual se adicionan los Decretos números 2323 y 2324 de 1965

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las personas y entidades a que se refiere el artículo 3° de la Ley 81 de 1960 estarán obligadas, además, a suscribir bonos de deuda pública interna en una cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del total del impuesto de renta y complementarios que le corresponda pagar al contribuyente por el año gravable de 1964, de conformidad con las disposiciones que al efecto se expidan. Estarán exentos de dicha obligación, los contribuyentes a los cuales corresponda pagar por el año gravable de 1964 una suma inferior a dos mil pesos ($ 2.000) por concepto del impuesto de renta y complementarios. Este artículo sustituye los artículos 4° del Decreto legislativo número 2323 de septiembre 2 de 1965 y 7° del Decreto legislativo número 2324 de septiembre 2 de 1965.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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