Micelio

Artículo 3

Créase Por Los Meses De Diciembre De 1936 Y Enero De 1937, La Plaza De Telefonista De La Dorada (Caldas), Y Nómbrase Para Ocupar Dicho Cargo, Interinamente, A José Vicente Guzmán Con Sueldo Mensual De $ 40, Y Con Anterioridad Al 5 Del Presente Mes, Fecha Desde La Cual Está Prestando Sus Servicios

Decreto 3143 de 1936 · Por el cual se crean provisionalmente unas plazas de carteros y de Telefonistas, se suprimen unas de Guardas, se reorganiza una sección del Ministerio, se declaran insubsistentes unos nombramientos, se nombran los remplazos, se hace una promoción, se reconocen unos sueldos y se fijan unos gastos de representación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase por los meses de diciembre de 1936 y enero de 1937, la plaza de Telefonista de La Dorada (Caldas), y nómbrase para ocupar dicho cargo, interinamente, a José Vicente Guzmán con sueldo mensual de $ 40, y con anterioridad al 5 del presente mes, fecha desde la cual está prestando sus servicios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3143 de 1936