Micelio

Artículo 5

Con Base En Las Resoluciones A Que Se Refieren Los Dos Artículos Precedentes, El Fiscal Promiscuo Ante El Juzgado Promiscuo Territorial Y De Circuito Iniciará Los Juicios De Expropiación, Tanto De Los Inmuebles Que Hayan Sido Adquiridos Con Violación Del Artículo 5° Del Decreto 1415 De 1940, Como Los Demás Que Deban Adelantarse En Cumplimiento Del Inciso 1° Del Artículo 36 De La Ley 1ª De 1972

Decreto 255 de 1973 · Por el cual se desarrollan los artículos 26 y 36 de la Ley 1ª de 1972

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Con base en las resoluciones a que se refieren los dos artículos precedentes, el Fiscal Promiscuo ante el Juzgado Promiscuo Territorial y de Circuito iniciará los juicios de expropiación, tanto de los inmuebles que hayan sido adquiridos con violación del artículo 5° del Decreto 1415 de 1940, como los demás que deban adelantarse en cumplimiento del inciso 1° del artículo 36 de la Ley 1ª de 1972.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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