Subsidio de alimentación. El subsidio de alimentación para los servidores públicos que perciben una asignación básica mensual no superior a dos millones setecientos setenta y un mil novecientos cincuenta y nueve pesos ($2.771.959) m/cte. será de ciento seis mil ochocientos cincuenta y siete pesos ($106.857) m/cte., pagaderos por la entidad.
No se tendrá derecho a este subsidio durante el tiempo en que el empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio del cargo o cuando la entidad suministre la alimentación.