Artículo segundo. El Inspector, Enfermero y Subalmacenista de la vía Guateque-Garagoa-Camino Nacional del Meta, dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, prestarán sus servicios y tendrán a su cargo los trayectos de conservación de las carreteras Garagoa-Tensa-La Capilla, Guateque-Garagoa y Camino Nacional del Meta.
Decreto 1093 de 1949 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1093 de 1949 · Por el cual se suprimen unos cargos, se adscriben unas funciones, se crea otro y se aumenta unas asignación en el ramo de Carreteras Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.