Micelio

Artículo 2

Decreto 1093 de 1949 · Por el cual se suprimen unos cargos, se adscriben unas funciones, se crea otro y se aumenta unas asignación en el ramo de Carreteras Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Inspector, Enfermero y Subalmacenista de la vía Guateque-Garagoa-Camino Nacional del Meta, dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Bogotá, prestarán sus servicios y tendrán a su cargo los trayectos de conservación de las carreteras Garagoa-Tensa-La Capilla, Guateque-Garagoa y Camino Nacional del Meta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1093 de 1949