Micelio

Artículo 2

Criterios Para Determinar La Participación Obligatoria De Mujeres

Ley 2337 de 2023 · por medio de la cual se fomenta la inclusión y participación de las mujeres en los programas para el emprendimiento, formación y desarrollo empresarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, en articulación con el Ministerio de Comercio, el SENA, la Dirección de Mujer Rural del Ministerio de Agricultura, iNNpulsa Colombia y el Ministerio de la Información y las Comunicaciones; y contando con la participación de las entidades territoriales y organizaciones no gubernamentales de mujer, elaborará en los seis (6) meses siguientes a la expedición de esta ley un documento de política que trace los principios, objetivos, criterios, procedimientos de diagnóstico e indicadores de verificación y seguimiento cualitativo y cuantitativo, que orientarán la identificación de brechas de género y las asignaciones del porcentaje mínimo obligatorio de mujeres a cumplir en cada programa de fomento al desarrollo empresarial, emprendimiento, innovación y formación, distribuyendo este porcentaje, bajo criterios de igualdad y equidad, en cada uno de los departamentos. Este documento será usado por las demás entidades del orden nacional y territorial convocantes para cumplir con la obligación de definir el porcentaje mínimo de participación de mujeres en las particularidades de sus programas y mitigar la brecha identificada en el mismo.

La Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, en concordancia con sus competencias legales, prestará asesoría y socializará a las entidades del orden nacional y territorial para la puesta en marcha de la definición del porcentaje de participación obligatoria de mujeres según las particularidades de cada programa en los términos a los que se refiere esta ley. Asimismo, dará asesoría a las instancias pertinentes del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación para la aplicación del enfoque de género en los términos de esta ley dentro de las diferentes políticas de competitividad e innovación en el país.

Parágrafo

El Gobierno nacional dentro del marco de la política pública del fomento al emprendimiento liderado por mujeres, de la que trata el artículo 4 de la Ley 2125 de 2021, deberá incluir y/o ajustar la política principios, criterios, procedimiento de diagnósticos e indicadores de verificación y seguimiento que orientarán la identificación de brechas de género y las asignaciones del porcentaje mínimo obligatorio de mujeres a cumplir en cada programa de fomento al desarrollo empresarial, emprendimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2337 de 2023