Micelio

Artículo 13

Plan Integral De Desarrollo

Decreto 1001 de 1988 · por el cual se reglamentan las Leyes 78 de 1986 y 49 de 1987, sobre elección popular de Alcaldes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Plan Integral de Desarrollo. El Plan Integral de Desarrollo que el Alcalde debe presentar al Concejo durante las sesiones ordinarias del mes de agosto de cada año, en cumplimento a lo dispuesto por el numeral 6° del artículo 5° de la Ley 49 de 1987, incluirá el Programa de Inversiones previsto en el inciso 2° del artículo 89 del Decreto-ley 77 de 1987.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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