Micelio

Artículo 5

Obligaciones Contingentes

Decreto 696 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 358 de 1997.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Obligaciones contingentes. Para efectos del cálculo del saldo de la deuda a que se refiere el artículo 6° de la Ley 358 de 1997, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público fijará el porcentaje por el cual se computarán las obligaciones contingentes según la clase de operación de que se trate.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 696 de 1998