Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son causales de impugnación entre otras las siguientes
a)
Cuando la elección no se haya ajustado al Procedimiento establecido por las disposiciones pertinentes;
b)
Cuando al momento de la elección los elegidos no reúnan los requisitos establecidos;
c)
Cuando la Asamblea no se haya realizado con arreglo a las disposiciones legales o estatutarias; y
d)
Cuando las decisiones hayan sido tomadas en forma irregular.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.