Micelio

Artículo 2

Ley 22 de 1990 · por la cual se erige en Academia de Historia el Centro de Historia “Leonardo Tascón”, de Buga.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las transferencias del presupuesto nacional a favor de las academias de historia existentes en la República, la Academia de Historia Leonardo Tascón de Buga tendrá igual participación anual a la de sus homólogas, filiales de la Academia Nacional de Historia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 22 de 1990