Micelio

Artículo 2

Ley 2 de 1914 · Por la cual se auxilia el Teatro Colón y se dictan otras medidas relativas a él

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal de las Compañías deberá ser proporcionado a la categoría del Teatro, y el tiempo durante el cual hayan de actuar, el que prudencialmente fije el Gobierno en el contrato conforme al cual otorgue la subvención.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2 de 1914