Micelio

Artículo 16

Los Comisarios Inspectores Tendrán El Carácter De Agentes Del Gobierno En El Lugar De Su Residencia, Para El Despacho De Los Valores Que Se Transporten Por Cuenta Del Gobierno

Decreto 899 de 1907 · Por el cual se reglamenta la inspección de las empresas de navegación fluvial y se establece la matrícula de las embarcaciones que naveguen en los ríos de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Comisarios inspectores tendrán el carácter de Agentes del Gobierno en el lugar de su residencia, para el despacho de los valores que se transporten por cuenta del Gobierno. Quedan en consecuencia expresamente obligados á hacer que la carga que se conduzca á las embarcaciones, especialmente aquella en que tienen intereses el Gobierno, como los cueros, encomiendas postales, etc., sea convenientemente colocados en el sitio apropiados de los vehículos que la transportan, para evitar averías, así como los mismos Inspectores deben tomar nota en cada puerto de embarque del estado en que se consigne dicha carga, cuidando de hacer constar en el respectivo reconocimiento las novedades que hubieren ocurrido. La negligencia en el cumplimiento de estos deberes será motivo suficiente para que el Gobierno pueda suspenderlos en el ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 899 de 1907