Micelio

Artículo 8

Los Docentes Que Sean Comisionados Para Desempeñar Cargos Administrativos En La Universidad Pedagógica Nacional, Podrán Escoger Entre Su Salario Como Docentes Y El Del Cargo Para El Cual Han Sido Comisionados

Decreto 455 de 1984 · Por el cual se establece el régimen de remuneración para el personal docente de nivel universitario de la Universidad Pedagógica Nacional y se díctan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los docentes que sean comisionados para desempeñar cargos administrativos en la Universidad Pedagógica Nacional, podrán escoger entre su salario como docentes y el del cargo para el cual han sido comisionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 455 de 1984