Micelio

Artículo 6

Decreto 1758 de 1997 · por el cual se establece una bonificación por compensación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . La bonificación por compensación que se establece en el presente decreto, no se aplicará a quienes hayan ingresado al servicio público a partir del 1 de enero de 1997, ni a quienes después de la citada fecha, reingresen a cualquiera de las entidades de que trata el presente decreto, después de quince días hábiles contados a partir de la fecha de retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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