Contenido mínimo del Sistema General de Advertencia Público . El Sistema General de Advertencia Público tendrá como mínimo los siguientes elementos
Registro actualizado de las advertencias, identificando la entidad, el gestor fiscal, el objeto de control y el contenido de la advertencia.
Relatoría de las principales advertencias en donde se destaquen aspectos que sirvan de insumo para el desarrollo de buenas prácticas en el marco de la gestión fiscal.
Banco de resultados positivos originados en las advertencias y con ocasión de las decisiones o medidas adoptadas autónomamente por los gestores fiscales. TÍTULO VIII OTRAS HERRAMIENTAS DE CONTROL FISCAL Y SUS PROCEDIMIENTOS TÉCNICOS