Micelio

Artículo 4

Funciones

Decreto 2374 de 2010 · por el cual se crea la Comisión Interinstitucional contra las Bandas y Redes Criminales, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones . La Comisión Interinstitucional contra las Bandas y Redes Criminales, tendrá las siguientes funciones

1.

Coordinar, orientar y articular esfuerzos entre las entidades comprometidas con la administración de justicia y la preservación del orden público, para que a través de un trabajo conjunto dentro del ámbito de sus competencias constitucionales y legales, se procure la captura y judicialización de personas que conformen o hagan parte de bandas y redes criminales.

2.

Coordinar acciones para que el conocimiento y la judicialización de aquellos delitos cometidos por personas que hagan parte de bandas y redes criminales, sean conocidos y tramitados de manera inmediata, para que se logre una pronta y cumplida administración de justicia preservando el debido proceso.

3.

Crear mecanismos que permitan el ágil y oportuno intercambio de información, así como la eficiencia operativa y técnica, entre las entidades que hacen parte de esta Comisión.

4.

Proponer el diseño o mejora de protocolos que permitan la optimización de los procesos en la aplicación del sistema penal acusatorio, en el ámbito de cumplimiento del objeto del presente decreto.

5.

Crear, previo estudio y evaluación del Comité previsto en el artículo sexto del presente decreto, Comités Técnico Operativos de carácter territorial, zonal o local.

6.

Crear un protocolo para que en los casos en que niños, niñas o adolescentes estén vinculados a las BACRIM, la Fiscalía General de la Nación informe de inmediato al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 175 del Código de Infancia y Adolescencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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