Micelio

Artículo 24

, Debe Pasar Á La Administración Principal De Hacienda Nacional Respectiva La Noticia De Que Trata El Artículo 24, Á Fin De Que Aquéllos Formen Y Pasen Á La Secretaría De Hacienda De La República La Estadística Allí Prevenida

Decreto 452 de 1886 · Por el cual se establece un impuesto sobre el degüello de ganado mayor

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 24. Cuando el impuesto sobre el ganado mayor esté arrendado, la primera autoridad política del distrito, fracción ó agregación á quien toque dar la licencia para la matanza, conforme al artículo 5.° , debe pasar á la Administración principal de Hacienda nacional respectiva la noticia de que trata el artículo 24, á fin de que aquéllos formen y pasen á la Secretaría de Hacienda de la República la estadística allí prevenida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 452 de 1886