Micelio

Artículo 65

Salvo Que Se Disponga Lo Contrario En El Capítulo Cuatro Del Acuerdo, Una Mercancía Es Originaria Cuando: A) La Mercancía Es Obtenida En Su Totalidad O Producida Enteramente En El Territorio De Colombia, Los Estados Unidos De América O En Ambos; B) Es Producida Enteramente En El Territorio De Colombia, Los Estados Unidos De América O En Ambos Y I) Cada Uno De Los Materiales No Originarios Empleados En La Producción De La Mercancía Sufre El Correspondiente Cambio En La Clasificación Arancelaria, Especificado En El Anexo 4

Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Salvo que se disponga lo contrario en el Capítulo Cuatro del Acuerdo, una mercancía es originaria cuando: a) la mercancía es obtenida en su totalidad o producida enteramente en el territorio de Colombia, los Estados Unidos de América o en ambos; b) es producida enteramente en el territorio de Colombia, los Estados Unidos de América o en ambos y i) cada uno de los materiales no originarios empleados en la producción de la mercancía sufre el correspondiente cambio en la clasificación arancelaria, especificado en el Anexo 4.1 o en el Anexo 3-A del Acuerdo, o ii) la mercancía, de otro modo, satisface cualquier requisito de valor de contenido regional aplicable u otros requisitos especificados en el Anexo 4.1 o en el Anexo 3-A del Acuerdo, y la mercancía cumple con los demás requisitos aplicables del Capítulo IV del Acuerdo; o c) la mercancía es producida enteramente en el territorio de Colombia, los Estados Unidos de América o en ambos, a partir exclusivamente de materiales originarios.

Parágrafo

En caso de discrepancia entre lo previsto por el presente Decreto y el Capítulo Cuatro del Acuerdo, prevalecerá este último.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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