Micelio

Artículo 24

Decreto 1520 de 1978 · por el cual se reglamenta el Titulo VI del Libro Primero del Código de Comercio, y se dictan otras disposiciones reglamentarias del Decreto -Ley 149 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las tarifas. La tarifa para la matricula y los actos de inscripción de los documentos a que se refiere el artículo 28 del Código de Comercio, será la señalada en el Decreto 242 de 1970. Lo mismo se aplicará a los certificados que expidan las Cámaras de Comercio

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1520 de 1978