Micelio

Artículo 52

Decreto 617 de 1981 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 9° de 1979, en cuanto a producción, procesamiento, transporte y comercialización de la leche

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la instalación y funcionamiento de plantas de higienización en el territorio nacional; se requieren los siguientes requisitos básicos

a)

Edificaciones ubicadas en lugares aislados de cualquier foco de insalubridad o contaminación;

b)

Edificaciones a prueba de roedores o insectos, con piso de material lavable e impermeable y con desniveles adecuados para el desagüe;

c)

Abastecimiento suficiente de agua potable e instalaciones adecuadas para las necesidades de los diferentes servicios o secciones;

d)

Edificaciones provistas de sistemas sanitarios adecuados para la disposición de aguas servidas y excretas;

e)

Iluminación y ventilación adecuada, a juicio de las autoridades sanitarias;

f)

Luz artificial suficiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 617 de 1981