°. Derechos de los afiliados . Los afiliados a los Fondos de Cesantía tendrán los siguientes derechos
Ser informados adecuadamente de las condiciones del nuevo sistema de administración de cesantías.
Elegir la Administradora a la que se afilie y trasladarse voluntariamente cuando así lo decida.
Seleccionar el perfil de administración de sus subcuentas de conformidad con las condiciones establecidas en el presente decreto.
Modificar su perfil de administración previo aviso a la Administradora, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente decreto.
Conocer la composición de los portafolios de la Administradora donde se encuentre afiliado y las rentabilidades asociadas a los mismos.
Retirar los recursos depositados en las Administradoras, por las causas y en los tiempos legalmente previstos.