Los proyectos de ordenanza serán presentados en la secretaría general de la asamblea, la cual los repartirá a las comisiones que deban ocuparse de ellos, según la materia que traten y la competencia de aquellas.
Para que un proyecto sea ordenanza debe aprobarse en dos (2) debates celebrados en distintos días. Durante el primero y el segundo se le pueden introducir los cambios, reformas, supresiones o adiciones que se consideren convenientes, siempre que se refieran a la materia o asunto de que trate el proyecto.
El ponente o ponentes para el primero y segundo debate serán designados por el presidente de la comisión respectiva.
El ponente rendirá el informe dentro del plazo inicial que le hubiere señalado el presidente, o en su prórroga, teniendo en cuenta la urgencia del proyecto y el volumen de trabajo. En caso de incumplimiento se procederá a su reemplazo.
El ponente o ponentes para los dos (2) debates pueden ser los mismos o diferentes diputados.