Micelio

Artículo 86

Decreto 2620 de 2000 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero y en especie para áreas urbanas, la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar y la Ley 546 de 1999, en relación con la vivienda de interés social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Recursos de los Fondos para el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social. Los recursos de los Fondos para Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social estarán constituidos por: a) Las transferencias mensuales que realice la Caja de Compensación Familiar, de acuerdo con los porcentajes sobre los aportes parafiscales establecidos para cada caso; b) El capital y los intereses de las inversiones realizadas con recursos de los Fondos para Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social; c) Los recursos provenientes de: i. La recuperación de la inversión en los proyectos cuya construcción haya sido contratada por la respectiva Caja, con recursos del fondo. ii. La venta de terrenos adquiridos con recursos de los Fondos, para la construcción de proyectos de vivienda de interés social. iii. La venta de proyectos de vivienda de interés social adquiridos por las Cajas con recursos de los Fondos. iv. La recuperación de las financiaciones de proyectos de vivienda de interés social, con recursos del fondo. v. La recuperación de cartera hipotecaria generada en desarrollo del Decreto 1746 de 2000; d) Los rendimientos financieros de los recursos del Fondo colocados en proyectos para promoción de oferta.

PARÁGRAFO. Los recursos de los Fondos para el Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social, se invertirán en valores de alta liquidez, en entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria, asegurando que su rendimiento sea como mínimo el promedio de interés de los últimos 12 meses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2620 de 2000