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Artículo 6

Adicionar El Artículo 26a Al Decreto Número 2366 De 2015, Modificado Por El Decreto Número 2096 De 2016, El Cual Quedará Así: Artículo 26a

Decreto 2107 de 2019 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar el artículo 26A al Decreto número 2366 de 2015, modificado por el Decreto número 2096 de 2016, el cual quedará así: Artículo 26A. Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito. Son funciones de la Dirección de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, dependencia con autonomía administrativa y financiera, en los términos del literal j) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, las siguientes

1.

Diseñar los lineamientos de funcionamiento y puesta en marcha de los procesos para la implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cul­tivos de Uso Ilícito (PNIS), en los territorios intervenidos bajo las directrices establecidas por la Presidencia de la República y la normativa vigente aplicable en la materia.

2.

Coordinar, con las autoridades competentes la planeación de la estrategia de erra­dicación manual voluntaria y forzosa de cultivos ilícitos, y coordinar con estas su desarrollo.

3.

Hacer seguimiento y evaluar la ejecución de los planes y proyectos que adelante el PNIS, según los lineamientos de la Dirección General y del Consejo Directivo.

4.

Coordinar con las entidades del Gobierno nacional la implementación de los planes y proyectos que se adelanten dentro del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS), en las áreas afectadas por la pre­sencia de cultivos de uso ilícito, incluidos Parques Nacionales Naturales.

5.

Coordinar la estructuración y ejecución de los proyectos que se adelanten en el desarrollo del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito del PNIS con las comunidades rurales, agencias nacionales y entidades territoriales.

6.

Formular los proyectos de inversión que permitan la operación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito y hacer seguimiento y control.

7.

Diseñar e implementar nuevos modelos y proyectos alternativos de sustitución de cultivos ilícitos para ser aplicados en aquellos territorios que para el efecto determine el Consejo Directivo de la ART.

8.

Gestionar y administrar, en coordinación con el Jefe de Planeación de la Agen­cia, ante las instancias competentes los recursos para la implementación, desa­rrollo, ejecución y seguimiento del PNIS.

9.

Dirigir las actividades administrativas, financieras, contables, presupuestales, y de tesorería a cargo de la Dirección y establecer los procedimientos para garan­tizar la operación y funcionamiento de la Dirección.

10.

Atender y resolver las consultas, solicitudes y peticiones de carácter jurídico relacionadas con el PNIS, bajo los lineamientos de la Oficina Jurídica.

11.

Ordenar los gastos y suscribir los actos, convenios y contratos para el cumpli­miento de los objetivos y funciones asignadas, que le sean delegados.

12.

Nombrar y remover el personal de la Dirección, así como expedir los actos admi­nistrativos relacionados con la administración de personal, de conformidad con la delegación que le sea conferida.

13.

Rendir informes al Consejo Directivo y a la Dirección General sobre las activi­dades desarrolladas, la ejecución del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito y la situación general de la dependencia.

14.

Gestionar e implementar el modelo de Sistema Integrado de Gestión adoptado por la entidad con el fin de garantizar la prestación de los servicios con base en los procesos y procedimientos vigentes.

15.

Elaborar en coordinación con las demás dependencias el Programa Anual Men­sualizado de Caja (PAC) de los recursos a cargo de la Dirección y controlar su ejecución.

16.

Llevar en contabilidad separada de la Agencia, la contabilidad de los recursos del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito y remitirla para su consolidación, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto defina la Agencia.

17.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependen­cia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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