Micelio

Artículo 3

Ley 12 de 1972 · por la cual la Nación se asocia a la celebración del 450 aniversario de la fundación de Santa Marta y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá, como aportes especiales al certamen Deportivo Internacional y para los gastos de inversiones en infraestructuras que demande el evento a que se refiere el artículo anterior, con la suma de cuarenta y cinco millones de pesos ($ 45.000.000.00) para Santa Marta; quince millones de pesos ($ 15.000.000.00) para Barranquilla y quince millones de pesos ($ 15.000.000.00) para Cartagena.

La Unidad Ejecutora de los citados aportes, será el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte, a través de las Juntas Administradoras de Deporte del Magdalena, Atlántico y Bolívar.

Los aportes destinados a Barranquilla y Cartagena tendrán el siguiente destino:

Barranquilla.

a)

Doce millones de pesos ($ 12.000.000.00) para la construcción y dotación de un Gimnasio de Entrenamiento Deportivo para Boxeo, Lucha Libre, Judo, Karate, Levantamiento de Pesas, Esgrima, Tenis, Tenis de Mesa, Pistas para salto largo, triple en altura y con garrocha; Canchas de Minifútbol y Minibaloncesto, etc.

b)

Tres millones ($ 3.000.000.00) para ampliación de graderías e iluminación del Estadio de Beisbol "Tomás Arrieta", y acondicionamiento de lugares aledaños para aparcar.

Cartagena.

a)

Doce millones de pesos ($ 12.000.000.00) para la construcción y dotación de un Gimnasio para entrenamiento deportivo similar al mencionado antes con relación a Barranquilla.

b)

Tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) para remodelación de centros deportivos.

Para la construcción de los Gimnasios de Entrenamiento Deportivo de Barranquilla y Cartagena, si los Municipios citados no suministran a la Junta Administradora de Deportes de los Departamentos del Atlántico y Bolívar los terrenos necesarios, decláranse de utilidad pública y de interés social para que puedan ser expropiados de acuerdo con la ley las áreas de terrenos que se requieran en dichas ciudades para los fines indicados en este artículo. La construcción del Gimnasio de Entrenamiento Deportivo de Barranquilla se hará, preferiblemente, en el sector del Parque 11 de Noviembre, lugar denominado Centro de Cultura Física y aledaños, previa demolición y siempre que el área correspondiente resulte adecuada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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