El Ministerio de Obras Públicas, al conceder una exención, podrá decretarla sobre la totalidad o sobre parte de los objetos cuyo transporte gratuito se solicita, si estimare que todos o sólo parte de ellos pueden gozar de ese beneficio según la ley.
Decreto 1694 de 1931 →Vigente
Artículo 15
El Ministerio De Obras Públicas, Al Conceder Una Exención, Podrá Decretarla Sobre La Totalidad O Sobre Parte De Los Objetos Cuyo Transporte Gratuito Se Solicita, Si Estimare Que Todos O Sólo Parte De Ellos Pueden Gozar De Ese Beneficio Según La Ley
Decreto 1694 de 1931 · Por el cual se reglamentan las exenciones de fletes en los ferrocarriles nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.